Xalapa, Ver
El Senado de la republica declaró reformados los artículos 108 y 111 de la Constitución Política en materia de fuero presidencial, toda vez que fueron aprobados por la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México. El proyecto fue enviado a la Cámara de Diputados para sus efectos constitucionales.
Esta reforma establece que, durante el tiempo de su encargo, el presidente de la República podrá ser imputado y juzgado por traición a la patria, hechos de corrupción, delitos electorales y todos aquellos delitos por los que podría ser enjuiciado cualquier ciudadano común.
De igual manera, señala que, para proceder penalmente contra el presidente de la República, sólo habrá lugar a acusarlo ante la Cámara de Senadores en los términos del artículo 110. En este supuesto, el Senado resolverá con base en la legislación penal aplicable.
Durante la sesión a distancia, la secretaria de la mesa directiva, Margarita Valdez Martínez, realizó el cómputo de votos aprobatorios de las legislaturas de los estados de Baja California, Campeche, Chiapas, Coahuila, Durango, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Morelos, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Yucatán Zacatecas y de la Ciudad de México.