Xalapa, Ver
.- El artículo 132, fracción XXVII Bis, de la Ley Federal de Trabajo (LFT) establece la obligación del patrón de otorgar una licencia de paternidad de cinco días laborables con goce de sueldo a los hombres que trabajan al momento de que nace su hijo. De igual manera, en el caso de un proceso de adopción.
Este derecho tiene sus orígenes en el Convenio 156 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
En este acuerdo, remonta desde 1981, donde se exhorta a los patrones a tomar medidas para que los trabajadores con responsabilidades familiares se puedan incorporar, permanecer y reincorporarse en la fuerza de trabajo tras una licencia.
De igual manera, prohíbe poner fin a la relación de trabajo basándose en responsabilidades familiares.
En el caso mexicano, esta fracción se encuentra en la ley mexicana desde 2012 y fue reformada en 2018.
En la legislación se indica que los cinco días se cuentan a partir del día de nacimiento del bebé o cuando se reciba al menor adoptado.
En caso de no recibir el permiso, el trabajador tiene que contactarse con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para interponer una denuncia.
A pesar de los esfuerzos, nuestro país se encuentra rezagado en este rubro: las naciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), de la cual México forma parte, promedian 8.1 semanas de licencia por paternidad con goce de sueldo.
“Cinco días de licencia generalmente son insuficientes para alguien que acaba de ser padre. Existen algunas empresas que ofrecen, de manera interna, más días de permiso que los contenidos en la ley.
De igual manera, los trabajadores pueden negociar con sus empleadores periodos más prolongados o solicitar vacaciones de manera anticipada”, señala Andrea Rojas, especialista en gestión de Recursos Humanos.