Xalapa, Ver
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) informó que, para mostrar una imagen de neutralidad a los clientes, las empresas de la UE podrán prohibir a sus empleados portar algún tipo de vestimenta que esté ligada a temas religiosos, políticos o filosóficos.
Luego de presentar ante El Tribunal de Justicia, con sede en Luxemburgo, los casos de dos mujeres que fueron suspendidas de sus puestos de trabajo por llevar velo, este órgano de justicia comunicó esta resolución.
Y es que durante años el uso del hiyab, el tradicional velo islámico que se porta alrededor de la cabeza y los hombros, ha sido motivo de división en toda Europa.
Sobre todo, ha sido factor importante para subrayar las diferencias sobre la integración de los musulmanes.
Según los documentos judiciales, los casos presentados se tratan de una mujer que se dedicaba al cuidado de menores con necesidades especiales y una cajera de una farmacia.
Ambas portaban el tradicional velo islámico y ambas trabajadoras fueron avisadas que no estaba permitido usarlo.
En distintos momentos se les suspendió, además se les dijo que fueran a trabajar sin él o se les asignó otras tareas.
Aunque existe una ley de protección a la libertad religiosa, también existe una para la libertad de empresa y el deseo de proyectar una imagen de neutralidad a los clientes.
“Una prohibición de llevar cualquier forma visible de expresión de las creencias políticas, filosóficas o religiosas en el lugar de trabajo puede estar justificada por la necesidad del empresario de presentar una imagen neutral ante los clientes o de evitar conflictos sociales”, aclaró el tribunal.
No obstante, el tribunal aún no ha llegado a una resolución para ambos casos, y se espera saber si hubo discriminación o se trata de una necesidad por parte de los empleadores.
En Alemania residen más de cinco millones de musulmanes, lo que los convierte en el grupo minoritario religioso más grande del país.