Registro Civil reporta que en un año se entregan cerca de 10 mil actas de nacimiento en Xalapa
"Aquí van incluidas adopciones que se hacen a través del DIF Estatal"
Escrito por: Sofía Hernández
Martes 06 de junio de 2023

/ Fotografía: Cortesía .

Xalapa, Ver

.- "En la Oficialía del Registro Civil de Xalapa se entregan cerca de 10 mil actas de nacimiento al año incluyendo adopciones".

El oficial del Registro Civil, José Luis Martínez Corona dio a conocer que todos los años se realizan inscripciones de los trámites de adopción de niños y niñas que se encuentran en calidad de expósitos, mismos que llegan a través de las resoluciones judiciales dictadas en los juicios tramitados por parte de los interesados.

Reiteró que quienes desean adoptar a un menor acuden ante el DIF Estatal, pues es la institución garante del cuidado y el bienestar de las niños y niños que se encuentran en calidad de expósitos, por lo cual se promueve una demanda ante el juzgado familiar correspondiente, esto previo a valoración de los medios de prueba para autorizar la adopción y orden al registro civil y posteriormente inscribirla.

“Cuando nos llegan las sentencias a registro civil se procede a inscribir la adopción, para lo cual de inicio se reserva el acta primigenia del adoptado, es decir, en la que fue registrado por sus padres biológicos, a efecto de que la misma no pueda volver a expedirse ni física ni de manera electrónica, generando una nueva acta de nacimiento para el adoptado en la que se modifican sus apellidos para que pueda llevar en adelante los apellidos de los padres adoptantes, así como sus nombres para que tanto adoptantes como adoptado tengan derechos plenos uno en relación con el otro”, expresó.

Explicó que los interesados en adoptar deben contar con al menos 25 años cumplidos, tener medios suficientes para darle la manutención, educación y cuidados de salud al menor adoptado, tener buena salud física y mental, no estar sujeto a proceso por delitos violentos, contra la libertad sexual o contra la familia y que la diferencia de edades entre adoptante y adoptado no sea menor de los veinticinco años.

Por lo anterior, comentó que una vez realizada la adopción los derechos y obligaciones entre adoptante y adoptado son recíprocos tal como su hijo consanguíneo.

Explicó que los extranjeros también pueden adoptar en el estado de Veracruz, siempre y cuando acrediten ante la autoridad judicial contar con una estancia legal en nuestro país y que la adopción será benéfica para el menor y cumplan con todos los demás requisitos que cumplen los adoptantes mexicanos.

También reiteró que por cuestión de confidencialidad de la información de los trámites de adopción que se llevan a cabo, no es posible proporcionar datos estadísticos del número de adopciones que se llevan a cabo.

Sin embargo, se invitó a los interesados en darle un hogar y amor a pequeños que no cuentan con familia, se acerquen ante el DIF estatal quien los puede ayudar a llevar a cabo este procedimiento antes las instancias legales correspondientes.




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